Comprar en el extranjero es un problema de difícil solución porque tiene aparejado el inconveniente del idioma y contacto con el vendedor, dificultad que impide solventar algún contratiempo en el caso de haberlo, obstáculo que imposibilita se lleven a término multitud de transacciones.
La solución pasaría porque la marca extranjera estuviera regulada por el país del consumidor y no por el de origen de la empresa suministradora, condición que permitiría a los países articular mecanismos de protección que garantizarán la transacción económica, protegido por las leyes de consumo de las naciones donde procede el capital de la venta.
Esto obligaría a la empresa tener agentes que atiendan a los consumidores en su propio idioma y no en el de la compañía suministradora con un teléfono local, facilitando así al comprador arreglar cualquier contrariedad sin el coste de una conferencia internacional, trabas que se convierten en una odisea a la hora de gestionar devoluciones y reclamaciones.